Para los trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios la navidad era en mayo y no en diciembre, y el gran “regalo” no esperaba a los pies de un árbol ni bajaba por la chimenea, sino que te llegaba directo a la cuenta corriente, era esa tan esperada devolución de impuestos.
Digo “era”, porque después de muchas reformas legales lo entretenido que era meterse a la página del SII en abril (mes de la declaración de renta) para saber qué tan crujientes iban a estar las marraquetas en mayo (mes en que se recibe la devolución), se ha ido haciendo cada vez más confuso y en muchos casos hasta frustrante, donde año a año pareciera que devuelve menos plata. Mala cosa.
Para no ponerme a hablar como idiota y que este artículo se vuelva eterno, cosa que inteligentemente me prohibieron de manera expresa, me voy a tomar algunas licencias desde lo técnico, así que la gente con TOC, supérelo porfa.
¿Por qué te cobran el 11,5%?
Las rentas del trabajo están gravadas por el impuesto de segunda categoría. Aquí vamos a distinguir entre trabajadores dependientes, esos que tienen contrato de trabajo bajo una relación de subordinación o dependencia a un empleador, y que pagan sus impuestos a través de la retención que hace el empleador mes a mes en las liquidaciones de sueldo. Básicamente ni se enteran cuando van pagando los impuestos; y aquellos trabajadores independientes, de profesiones liberales o a honorarios “que les dicen”, que no responden a un jefe, que no tiene contrato de trabajo sino contrato de servicios, que emiten sus boletas de honorarios, y que pagan sus impuestos a través de la retención que se aplica a cada una de las boletas que emiten (en los casos que no aplica la retención, es el propio trabajador independiente quien debe declarar y pagar el anticipo de impuesto). En este caso sí que se enteran cuando pagan esa retención de impuesto, porque la cortada de cola no es menor.
El impuesto que pagan trabajadores dependientes e independientes es el mismo, pero la cantidad de impuestos que se les retiene mes a mes a los trabajadores independientes suele ser mayor. ¿Por qué esto? ¡Hasta cuando con las injusticias¡ Ya, espera, no es tan así.
Lo que pasa, es que el impuesto de segunda categoría se estructura en una escala progresiva que se aplica a las rentas del trabajo obtenidas en cada mes. Algo así como una escalera, donde si quedas en el primer peldaño estas exento de pagar impuestos, en el segundo peldaño ya empiezas a pagar un 4%, para el tercero un 8%, y así hasta el 40%. ¡Duro! A mayor renta, mayor es la tasa de impuestos, no hay tanta ciencia.
El tema, es que los trabajadores dependientes, con contrato de trabajo, por lo general, suelen tener un solo trabajo, y por lo tanto una sola fuente de ingresos, por lo que así, es re fácil calcular en qué tramo del impuesto quedas, y en la liquidación de sueldo, el empleador calcula el impuesto efectivo o real que te toca pagar y no solo una estimación. Así, alguien que gane, por ejemplo 30 UTM (ingreso mensual bruto), poco más de $1.500.000, queda en el tramo del 4%, siendo su tasa efectiva de impuesto incluso cercana a la mitad de eso, al ojo, va a pagar $30.000 mensuales de impuesto (WARNING un abogado sacando cálculos: Ténganme consideración). Si este trabajador, no tiene dos pegas, u otras rentas significativas, a fin de año, sus impuestos deberían quedar pagados con esa retención de impuestos que se realizó a través de las liquidaciones de sueldo mes a mes, ya que se fue haciendo un cálculo real de los impuestos que debía y no solo una “estimación”. Por lo mismo, tampoco debería haber derecho a devolución.
En cambio, los trabajadores independientes tienen muchos clientes -ojalá- y, por lo general, reciben sus ingresos de diversas personas o empresas. Por eso, solo se sabrá en qué tramo del impuesto quedaste al término del periodo tributario, sumando todos tus ingresos por boletas u otras rentas, monto que no vas a conocer al momento en que tengas que emitir cada una de las boletas. Por eso, para los trabajadores independientes la ley establece una retención que no está destinada a pagar el monto real o efectivo de impuestos que adeudas, sino una estimación que servirá como anticipo a cuenta del impuesto definitivo, con un porcentaje fijo que se aplica al monto bruto de cada una de las boletas emitidas. Siguiendo el ejemplo anterior, si emites una boleta de $1.500.000, debes aplicar una retención de 11,5%, es decir $172.500 como anticipo de impuestos. $30.000 v/s $172.500 no es menor la diferencia. Ya, igual busqué un monto donde esta diferencia fuera grande para que quedara clara la cosa, pero no siempre va a ser tan así.
La retención de cada boleta se va acumulando mes a mes, y luego, al final del año, cuando ya conoces el monto real y total de los ingresos que obtuviste, se recalcula todo con los tramos de impuesto, eso que les contaba de los peldaños de la escalera, y ahora se determina el monto exacto que debes pagar. En resumen, si tu tasa efectiva de impuesto resulta menor a lo retenido en las boletas (11,5% para el año comercial 2021), tendrás derecho a una devolución de impuestos, si es al revés, tendrás que pagar, va a depender de cada caso.
Como los trabajadores en promedio en Chile, tienen una tasa efectiva de impuestos mucho más baja que el 11,5%, resulta que durante el año, le fuimos pagando al fisco más de lo que le debíamos, y por eso en mayo nos devuelven nuestra platita.
Ven, ahora se pueden dar cuenta que la analogía que hice al principio con el “regalo de navidad” y la devolución de impuestos está muy mal hecha, porque cuando nos devuelven impuestos, no nos están regalando nada, sino que nos están devolviendo lo que pagamos de más durante el año anterior.
Un mal necesario
Después de esta explicación, alguien podría decir, por qué diantres tengo que pagarle al fisco más del 10% de mis ingresos cada mes, para que me lo devuelvan a final de año, si al final no los debía. Es como raro. Pero la explicación que más frecuentemente uno escucha, es que estos anticipos de impuestos son necesarios, porque aparte de Flanders, nadie disfruta pagando impuestos, por lo que si no existe un mecanismo efectivo para recaudarlos, y de forma fraccionada durante el año para que no duela tanto y tuviéramos que pagar en un solo mes todos los impuestos del año, muy poca gente los pagaría. Pa que nos vamos a hacer.
El tema, es que el enredo no termina ahí, porque ahora, a la devolución de impuestos le agregaron otro asunto, que hizo que entender de verdad este tema sea asunto de la NASA y me alegra mucho no tener que explicarlo en este artículo. Ahora con la devolución de impuestos también se pagan cotizaciones previsionales de los trabajadores independientes.
En algún momento los entendidos en la protección social se dieron cuenta que era necesario que los independientes cotizaran en salud, previsión, seguros laborales, y leyes especiales de enfermedades raras, y también se dieron cuanta, que los independientes, a quienes no les sobra la plata no estaban cotizando de manera voluntaria, por lo que lo hicieron algo obligatorio.
El tema es que incluso siendo obligatorio muchos trabajadores independientes no pagaban sus cotizaciones, y ahí se les prendió la ampolleta, y se acordaron que el sistema de la retención funcionaba muy bien para anticipar el pago de los impuestos, y pensaron, porqué no usarlo también para el pago de las cotizaciones previsionales.
Así, ahora, con cargo a la retención de las boletas no solo se deben pagar los impuestos, sino que también las cotizaciones previsionales de trabajadores independientes. Por eso, ahora, cuando vas a ver cuánto te van a devolver, te llega mucho menos. Eso que no te están devolviendo se está pagando a tu sistema de salud, a la AFP, otros seguros, etc.
Por la misma razón, la retención de las boletas de honorarios ha ido subiendo, y seguirá subiendo hasta llegar al menos al 17%. Hay que prepararse psicológicamente.
Lo que antes era chévere, cuando nos retenían solo el 10% y nos devolvían la totalidad de la devolución de impuestos, ha ido cambiando a un sistema que redirige esos recursos para que los trabajadores independientes tengas mayor protección social. No es mi pega defender ni atacar esa política pública, pero es importante recalcar que esa parte de la devolución que ya no recibes, no se la está chupando el sistema, ni el gobierno, ni el SII, como uno suele escuchar, sino que se redistribuye al sistema de protección previsional.
¿Qué misterios de la devolución les perturban más? ¡Los invitamos a comentar y preguntar!